Los derechos fundamentales en Internet contra las cuerdas

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Los derechos fundamentales en Internet contra las cuerdas


El pleito entre Tele 5 contra You Tube, seguido el Juzgado mercantil nº5 de Madrid, es algo mas que una discusión referente a los derechos de propiedad intelectual de Telecinco sobre sus emisiones que al parecer han sido difundidas desde el conocido portal sin su conocimiento ni consentimiento.

(AI) Al contrario tras el velo de una cuestión mercantil se esconde una revisión del concepto y significado de Internet en cuanto sistema de información global y libre sin otros limites más que los derivados de las leyes, lo que nos obliga a un pronunciamiento en defensa de los derechos civiles que podrían estar siendo lesionados.

Internet carece de una Autoridad Central que la regule, ha crecido por la colaboración de todos creando un espacio libre en el que todos pueden crear y compartir, haciendo realidad el axioma de Gerge Bernard Shaw "Si tú tienes una manzana y yo tengo una manzana e intercambiamos manzanas, entonces tanto tú como yo seguimos teniendo una manzana. Pero si tu tienes una idea, y yo tengo una idea, e intercambiamos ideas, entonces ambos tenemos dos ideas", logrando así ensanchar las fronteras del conocimiento.

El 26 de junio de 1997 en una sesión histórica la Corte Suprema de los Estados Unidos confirmó una sentencia de la Corte del Distrito Este de Pensilvania (Circuit Court): el "American Civil Liberties Union versus Janet Reno". En él se ventilaba la constitucionalidad de la Ley de decencia de las comunicaciones. Los altos jueces, conocidos como los "nueve escorpiones", decidieron otorgar a Internet las protecciones de la Primera Enmienda para garantizar la libertad de expresión. La sentencia dice cosas tan sugerentes y actuales como que Internet puede muy bien ser descrita como una conversación universal sin fin.

"El Gobierno, dijo el Tribunal, no puede, a través de la Ley de Decencia de las Comunicaciones, interrumpir esa conversación. Como la forma participativa de expresión de masas más desarrollada jamás conocida, Internet merece la más estricta protección frente a la intromisión gubernamental. Es cierto que muchos encuentran algunas de las expresiones o manifestaciones en Internet ofensivas y es cierto, también, que, en medio del estruendo del ciberespacio, muchos oyen voces que consideran indecentes. La ausencia de regulación gubernativa de los contenidos de internet ha producido, incuestionablemente, una especie de caos".

Pero, seguía razonando el Tribunal Supremo, lo que ha hecho de Internet un éxito es el caos que representa. La fuerza de Internet es ese caos. Como sea que la fuerza de Internet es el caos, la fuerza de nuestra libertad depende del caos y de la cacofonía de la expresión sin trabas que protege la Primera Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos. Por esas razones, la ley fue declarada inconstitucional.

No es pues una cuestión meramente mercantil lo que se dilucida, queda claro que tiene un trasfondo que afecta a derechos fundamentales básicos como libertad de comunicación pública que no solo protege un interés legitimo individual, sino también el libre flujo de informaciones constituyéndose así en uno de los pilares fundamentales de una sociedad plural libre y democrática, hasta el extremo de gozar de la llamada “posición preferente” en el caso de conflicto con otros derechos según la doctrina irradiada desde Estados Unidos en donde fue formulada por primera vez en 1942 por el Magistrado F. Stone y también incorporada por nuestro Tribunal Constitucional desde sus primeras sentencias aunque no con tanta claridad de concepto.

Con esto no queremos decir que los derechos de autor no deban ser respetados, ni que la libertad de expresión carezca de limites pero es preciso entender que YOU TUBE no es un medio de comunicación unidireccional como los tradicionales, periódicos, radio y TV. YOU TUBE es una plataforma de comunicación multidireccional en donde el contenido audiovisual disponible es generado por usuarios particulares, privados, para ser compartido fácilmente y libremente dentro de los límites establecidos por la ley y los derechos de terceros con otros usuarios particulares.

El auto de medidas cautelares de 23 de julio de 2008 del Juzgado Mercantil nº 7, inconcebiblemente dictado inaudita parte,( ni se aprecia ni se razona la urgencia), impone a la demandada la prohibición genérica de utilizar emisiones de las que Telecinco es titular de los derechos de autor, retirar las existentes e impedir que en el futuro se emitan sin consentimiento del titular del derecho. Esto a parte de dificultades técnicas que de por si imposibilita su cumplimiento, demuestra también un descomunal desconocimiento del funcionamiento de Internet y de YouTube al imponerle una intervención en la vigilancia de contenidos que no solo rompe con el diseño del sitio y la filosofía de Google, convirtiéndolo en un censor, sino que lesiona el articulo 20 de la Constitución Española siendo susceptible de amparo .

Entendemos que You Tube no debe acceder a convertirse en un policía, al contrario debe mantener su filosofía de defensa de la libertad de información publica en los términos que hemos comentado, la intimidad de los usuarios y la defensa de los derechos de terceros incluidos los derechos de autor procediendo a retirar los contenidos siempre que se acredite la titularidad del derecho, la lesión y se facilite la URL concreta, de lo contrario podría procederse a la eliminación de contenido no protegido con la consiguiente lesión para los usuarios que ejercen el derecho de comunicación pública.

En relación con la intimidad de los usuarios, al parecer Telecinco también ha requerido las direcciones IPs de los usuarios, queremos recordar que la respuesta del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas en la sentencia referente al caso PROMUSICAE contra Telefónica, fue clara y contundente. Las direcciones IP son datos personales, y los Estados miembros tienen la obligación de garantizar su confidencialidad al igual que deben hacerlo con los datos de trafico de las comunicaciones electrónicas, con las únicas excepciones de la defensa nacional, la seguridad publica o la investigación de hechos delictivos y ninguna de las excepciones se dan en presente caso por consiguiente no tienen obligación de facilitarlas .

Animamos a You Tube, para que no ceda y se decida a librar la batalla para que Internet siga siendo un espacio de libertad global y defienda la cultura digital frente al secular atraso imperante en las administraciones publicas y la judicatura que sólo beneficia a modelos de negocio ya caducos en contra del interés colectivo al libre acceso a la cultura y el conocimiento.
Artículo publicado por la Asociación de Internautas.

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